¿COMO PAGAR MENOS EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES?
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Los contribuyentes que tributen al tipo de gravamen previsto en los apartados 1 o 6 del artículo 29 de la LIS tendrán derecho a una reducción en la base imponible del 10% del importe del incremento de sus fondos propios, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el importe del incremento de los fondos propios de la entidad se mantenga durante un plazo de 5 años desde el cierre del período impositivo al que corresponda esta reducción, salvo por la existencia de pérdidas contables en la entidad.
SEGUROS DESGRAVABLES EN IRPF
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A menudo nuestros clientes, particulares, nos preguntan si los seguros de salud y vivienda desgravan en renta, y, para despejar todas las dudas, vamos a resolver ciertas cuestiones al respecto.